Sociedad
Juicio por Báez Sosa: los rugbiers recibirán la visita de sus familiares antes del veredicto
Imputados por «homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas», los ocho acusados se encuentran a la espera de la sentencia.
Los ocho rugbiers imputados por el asesinato de Fernando Báez Sosa en Villa Gesell recibirán este miércoles la visita de sus familiares antes de conocer el veredicto de la sentencia el próximo lunes, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 María Claudia Castro, Christian Ariel Rabaia y Emiliano Javier Lázzari.
El encuentro entre los acusados y sus familiares se llevará a cabo en la Unidad 6 de Dolores, donde se encuentran alojados desde el 1 de enero para estar cerca de los Tribunales, lugar donde se desarrolla el juicio.
Los rugbiers, imputados por «homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas» están a la espera de una condena. Mientras la querella y la fiscalía exigen cadena perpetua para los ocho implicados, la defensa a cargo del abogado Hugo Tomei plantea la posibilidad del «homicidio en riña», entre otras opciones.
Los detenidos recibieron la visita de sus familiares todos los miércoles de enero, y también contaron con la presencia ocasional del letrado Tomei.
Previo a estar alojados en Dolores, los ocho implicados por el crimen venían con prisión preventiva alojados en el penal de Melchor Romero y aún no está confirmado si luego de un eventual veredicto condenatorio, volverán a ese lugar o se les destinará otro lugar de detención.
Qué condenas podrían recibir los rugbiers
En el caso de determinarse que todos tuvieron intención homicida, podría llegar a calificarse como:
- Homicidio simple
– 8 a 25 años.
– Art. 79, Código Penal.
– Clave de esta calificación: querían matar y mataron.
- b) Homicidio agravado por alevosía
– Condena perpetua.
– Art. 80, inc. 2, Código Penal.
– Clave de este agravante: la indefensión de la víctima, es decir, fue golpeada por la espalda y los autores actuaron sin riesgo.
- c) Homicidio agravado por premeditación
– Condena perpetua.
– Art. 80, inc. 6, Código Penal.
– Clave de este agravante: la premeditación, es decir, se pusieron de acuerdo entre todos en que iban a matar en ese momento y de ese modo (Ej.: 5 atacando y 3 de vallado).
En el caso de determinarse que no tuvieron intención homicida, podría llegar a calificarse como:
- a) Homicidio en riña o agresión
– 2 a 6 años de prisión
– Art. 95, Código Penal.
– Clave de esta calificación: violencia o agresión física (de varios) sobre la víctima, pero no se sabe quién de ellos lo mató. No se pusieron de acuerdo para matar. No hubo premeditación.
- b) Homicidio preterintencional
– 1 a 3 de prisión
– Art. 81, inc. 1, b
– Clave de esta calificación: la intención del autor fue golpear para producir un daño, pero no para matar.