Economía
Rigen el dólar agro y la emergencia agropecuaria: qué dicen los decretos del Gobierno
Entre los puntos mencionados, se indica que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar. Lo que hay que saber.

La semana, siempre agitada para la economía argentina, comienza este lunes con la entrada en vigor de las medidas oportunamente anunciadas por el Gobierno Nacional, que ponen en plena vigencia el Programa de Incremento Exportador, más conocido como “dólar agro”, o «dólar 3», pero previamente llamado “dólar soja” 1 y 2.
Hoy se han publicado formalmente dos decretos en el Boletín Oficial. Estos son el 193/2023 y 194/2023.
Entre las cosas mencionadas en los correspondientes decretos, figuran las de que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar, tal como se anunció la semana pasada. Firmaron los dos decretos el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y el ministro de Economía Sergio Massa.
Entre tanto, se menciona además a la fijación de los plazos de liquidación de divisas y de pago de retención y otros tributos, la adhesión al programa de manera “voluntaria” siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.
En el decreto 194, que trata sobre el dólar soja y el dólar agro, menciona que una parte de lo que perciba el Estado por derechos de exportación servirá para financiar “programas que tengan como objeto atender a los efectos negativos de la sequía”.
Así mismo, se atiende a que la Secretaría de Agricultura, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Nación, la Secretaría de Comercio Interior y la Comisión Nacional de Valores establezcan normas complementarias. El decreto 193 se refiere a las exenciones, suspensiones de juicio y medidas por la emergencia agropecuaria por la sequía. De este modo se indica que más de 173 millones de hectáreas del campo argentino “se encuentran en condiciones de sequía”, de modo que representa un aumento en 19 millones de hectáreas en comparación a previsiones anteriores.
Región por región, cómo afectó la sequía
El decreto menciona que el Noroeste Argentino (NOA) se vio afectado por la sequía en los cultivos de soja, maíz y caña de azúcar y en la ganadería, en el Noreste Argentina (NEA), en el abastecimiento de agua para bebida animal e impacto en cultivos de verano y en frutales; en el Centro, en horticultura, frutales y animales de granja; en la Patagonia, en el aumento de incendios; y en Cuyo, en la ganadería y en diques bajos y restricciones en agua.
Ante esto, se otorga a la AFIP el poder de instrumentar un mecanismo con el fin de encuadrar a contribuyentes del sector con actividad “en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía” para que reciban los beneficios que se mencionan en el segundo artículo. Estos implican la suspensión hasta el próximo ciclo productivo tras el período de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.
Suspensión de ejecución fiscales
Otros de los aspectos que se mencionan tienen que ver con la suspensión de ejecuciones fiscales “por el cobro de impuestos adeudados iniciadas con posterioridad al 1° de febrero de 2023 inclusive”.
“Si en el marco de dichos procesos se hubieran trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza depositados en cuentas bancarias, no bancarias o de pago, o se hubiera efectivizado la intervención judicial de caja”, señalan, la AFIP “deberá arbitrar los medios pertinentes para el levantamiento de la respectiva medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente”.
Además, se suspende “hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia y/o desastre agropecuario” el pago obligatorio de los anticipos a los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales con vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del estado de emergencia y/o desastre, según se señala en el artículo 2.
Deducciones impositivas
Respecto del artículo 3 del primer decreto, menciona que los beneficiarios del artículo 1 “podrán deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina”. El cuarto, delega a la AFIP a instrumentar para los beneficiarios planes de facilidades de pago de hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con el objetivo de que sean aplicables “para la cancelación, total o parcial, de todos los tributos y de los recursos de la seguridad social, incluyendo sus intereses, multas y demás sanciones”.
“Las deudas originadas en aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas correspondientes a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)”, aclararon.
Dólar a $300
A su vez, el decreto 194 habla del dólar agro y sostiene que “el aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales de la suba en los precios de combustibles y energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas”. En su primer artículo destaca la importante de incentivar la exportación, de adhesión voluntaria “para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto”.
Sobre la soja, es aplicable hasta el 31 de mayo, aunque con la obligación para todos aquellos a liquiden divisas no más allá del 31 de mayo de 2023 inclusive, “incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación”. Quienes se vean beneficiados con el dólar soja tendrán que pagar al menos el 20% de los derechos y tributos en abril y el 80% restante en los dos meses siguientes “en partes iguales, no pudiendo superar dicho plazo, en ningún caso, el 29 de junio de 2023, inclusive”.
La liquidez se podrá derivar a cuentas especiales en pesos con actualización automática según el tipo de cambio de referencia mayorista “en los plazos y condiciones que establezca la normativa complementaria de dicha institución”.
Para las economías regionales, amplía “de manera extraordinaria y transitoria del mencionado Programa de Incremento Exportador”, siempre y cuando hayan exportado dentro de los 18 meses previos al programa. Es en el artículo 12 en el que se confirma el valor del dólar para los exportadores de soja y producciones regionales a $300. El límite de la liquidación de esas divisas es hasta el 31 de agosto.
Economía
John Foos cierra su producción en el país, 50 familias nuevas sin trabajo

La histórica empresa argentina John Foos, fundada en la década de 1980 y referente de la moda adolescente en los ’90, anunció en las últimas horas el cierre definitivo de su planta de producción en Beccar, partido de San Isidro.
La compañía comunicó que antes de finalizar el mes de abril cesará por completo la fabricación nacional para enfocarse exclusivamente en la importación de productos terminados provenientes de países asiáticos.
De una plantilla que alcanzaba casi los 400 trabajadores en 2023, la empresa llega a este cierre con apenas 50 empleados a inicios de 2026, la mayoría de los cuales serán desvinculados. Según trascendió, la firma ofreció acuerdos de indemnización que oscilan entre el 60% y el 70%, bajo la advertencia de que podría solicitar un concurso preventivo de no lograrse acuerdos rápidos.
Economía
Según el Indec, la canasta de crianza superó los $540 mil pesos en agosto

El aumento en el costo de crianzas se posicionó por debajo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de agosto
Los hogares necesitaron entre $432.161 y $542.183 en agosto para cubrir los gastos de un niño, según su edad, de acuerdo con la canasta de crianza de la primera infancia, la niñez y la adolescencia (0 a 12 años), reveló este lunes el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
La crianza para un menor de 1 año se ubicó en los $432.161: $131.480 fueron en costos de bienes y servicios, mientras que los $300.681 fueron gastos del cuidado. Esto representó un aumento del 17,7 % en comparación con el mismo mes del año anterior y del 0,9 % con respecto a julio.
Para la crianza de un niño entre 1 y 3 años, el costo total fue de $513.406. Ese número estuvo compuesto por $169.771 en bienes y servicios y $343.635 en cuidados. Interanualmente aumentó 17,9 %, mientras que mensualmente se incrementó un 0,9 %.
Con respecto a niños de 4 a 5 años, la canasta total fue de $430.996, compuesta de $216.224 en costos de bienes y servicios y $214.772 en costos de cuidado. Esto significó una suba del 19,3 % interanual y 0,9 % mensual.
Por último, en la franja de 6 a 12 años el costo fue de $542.183, el más alto: $268.227 en gastos de bienes y servicios y $273.956 en gastos de cuidados. Incrementos del 19,2 % interanual y del 0,9 % mensual.
Variación por debajo del IPC
De esta manera, el aumento en el costo de crianzas se posicionó por debajo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de agosto, el cual fue del 1,9 %.
La canasta de crianza mide los costos asociados a la crianza de niños y adolescentes desde los 0 hasta los 12 años. Toma en consideración los gastos en bienes y servicios como alimentación, vestimenta, vivienda, transporte y salud, así como los costos de cuidado, basados en el tiempo dedicado a estas tareas y valorados según la categoría de “Asistencia y cuidado de personas” del Régimen de Trabajo de Casas Particulares.
Economía
Acindar volverá a parar en junio la producción en la planta de Villa Constitución por la caída de las ventas

La empresa Acindar sufre el impacto de la caída en la demanda de acero por parte de la industria y la construcción producto de la recesión económica. Hay 5.000 trabajadores afectados.
La conducción nacional de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), encabezada por Abel Furlán, recibió la noticia de un nuevo parate en la planta de la empresa Acindar (Arcelor-Mital) ubicada en Villa Constitución. Según detallaron, la medida se tomaría a partir de junio y sería aproximadamente por tres semanas.
Al respecto, los argumentos que vienen sosteniendo desde la empresa para realizar diferentes ajustes se enfocan en la fuerte caída en la demanda de acero en la industria y en la construcción pública y privada, producto de la recesión económica que afecta a la mayoría de las actividades del país.
La actual política económica está poniendo en jaque a la producción industrial y los números caen en picada. Se calcula que actualmente la producción está a un 40% del nivel anterior.
Por este motivo, Acindar decidió extender el parate de su planta en Villa Constitución. Los hornos estarían apagados por tres semanas y el sector de materia prima de reducción directa (que trabaja el mineral de hierro) pararía su producción por 75 días.
Son 5.000 trabajadores que quedarán suspendidos entre operarios de planta, contratados, obreros de talleres y transportistas entre otros.
La UOM de Villa Constitución, a través de su secretario general Pablo González, anunció públicamente que extendieron el acuerdo con la empresa para la suspensión de los trabajadores tercerizados con el pago al 83% de su salario. Y que cuando se conozca la fecha exacta del próximo parate se negociarán las suspensiones de los trabajadores de planta. La empresa ofreció suspensiones al 70% del salario, pero no hubo acuerdo.
Mientras tanto, la empresa avanza con un plan de retiros voluntarios. Ya hubo numerosos despidos de contratados en los últimos meses y de cuatro turnos han pasado a producir en tres.




















