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Economía

Rigen el dólar agro y la emergencia agropecuaria: qué dicen los decretos del Gobierno

Entre los puntos mencionados, se indica que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar. Lo que hay que saber.

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La semana, siempre agitada para la economía argentina, comienza este lunes con la entrada en vigor de las medidas oportunamente anunciadas por el Gobierno Nacional, que ponen en plena vigencia el Programa de Incremento Exportador, más conocido como “dólar agro”, o «dólar 3», pero previamente llamado “dólar soja” 1 y 2.

Hoy se han publicado formalmente dos decretos en el Boletín Oficial. Estos son el 193/2023 y 194/2023.

Entre las cosas mencionadas en los correspondientes decretos, figuran las de que el tipo de cambio para los exportadores será de $300 por dólar, tal como se anunció la semana pasada. Firmaron los dos decretos el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y el ministro de Economía Sergio Massa.

Entre tanto, se menciona además a la fijación de los plazos de liquidación de divisas y de pago de retención y otros tributos, la adhesión al programa de manera “voluntaria” siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.

En el decreto 194, que trata sobre el dólar soja y el dólar agro, menciona que una parte de lo que perciba el Estado por derechos de exportación servirá para financiar “programas que tengan como objeto atender a los efectos negativos de la sequía”.

Así mismo, se atiende a que la Secretaría de Agricultura, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Nación, la Secretaría de Comercio Interior y la Comisión Nacional de Valores establezcan normas complementarias. El decreto 193 se refiere a las exenciones, suspensiones de juicio y medidas por la emergencia agropecuaria por la sequía. De este modo se indica que más de 173 millones de hectáreas del campo argentino “se encuentran en condiciones de sequía”, de modo que representa un aumento en 19 millones de hectáreas en comparación a previsiones anteriores.

Región por región, cómo afectó la sequía

El decreto menciona que el Noroeste Argentino (NOA) se vio afectado por la sequía en los cultivos de soja, maíz y caña de azúcar y en la ganadería, en el Noreste Argentina (NEA), en el abastecimiento de agua para bebida animal e impacto en cultivos de verano y en frutales; en el Centro, en horticultura, frutales y animales de granja; en la Patagonia, en el aumento de incendios; y en Cuyo, en la ganadería y en diques bajos y restricciones en agua.

Ante esto, se otorga a la AFIP el poder de instrumentar un mecanismo con el fin de encuadrar a contribuyentes del sector con actividad “en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía” para que reciban los beneficios que se mencionan en el segundo artículo. Estos implican la suspensión hasta el próximo ciclo productivo tras el período de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares.

Suspensión de ejecución fiscales

Otros de los aspectos que se mencionan tienen que ver con la suspensión de ejecuciones fiscales “por el cobro de impuestos adeudados iniciadas con posterioridad al 1° de febrero de 2023 inclusive”.

“Si en el marco de dichos procesos se hubieran trabado embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza depositados en cuentas bancarias, no bancarias o de pago, o se hubiera efectivizado la intervención judicial de caja”, señalan, la AFIP “deberá arbitrar los medios pertinentes para el levantamiento de la respectiva medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente”.

Además, se suspende “hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia y/o desastre agropecuario” el pago obligatorio de los anticipos a los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales con vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del estado de emergencia y/o desastre, según se señala en el artículo 2.

Deducciones impositivas

Respecto del artículo 3 del primer decreto, menciona que los beneficiarios del artículo 1 “podrán deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina”. El cuarto, delega a la AFIP a instrumentar para los beneficiarios planes de facilidades de pago de hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con el objetivo de que sean aplicables “para la cancelación, total o parcial, de todos los tributos y de los recursos de la seguridad social, incluyendo sus intereses, multas y demás sanciones”.

“Las deudas originadas en aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas correspondientes a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)”, aclararon.

Dólar a $300

A su vez, el decreto 194 habla del dólar agro y sostiene que “el aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales de la suba en los precios de combustibles y energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas”. En su primer artículo destaca la importante de incentivar la exportación, de adhesión voluntaria “para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto”.

Sobre la soja, es aplicable hasta el 31 de mayo, aunque con la obligación para todos aquellos a liquiden divisas no más allá del 31 de mayo de 2023 inclusive, “incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación”. Quienes se vean beneficiados con el dólar soja tendrán que pagar al menos el 20% de los derechos y tributos en abril y el 80% restante en los dos meses siguientes “en partes iguales, no pudiendo superar dicho plazo, en ningún caso, el 29 de junio de 2023, inclusive”.

La liquidez se podrá derivar a cuentas especiales en pesos con actualización automática según el tipo de cambio de referencia mayorista “en los plazos y condiciones que establezca la normativa complementaria de dicha institución”.

Para las economías regionales, amplía “de manera extraordinaria y transitoria del mencionado Programa de Incremento Exportador”, siempre y cuando hayan exportado dentro de los 18 meses previos al programa. Es en el artículo 12 en el que se confirma el valor del dólar para los exportadores de soja y producciones regionales a $300. El límite de la liquidación de esas divisas es hasta el 31 de agosto.

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Economía

Acindar volverá a parar en junio la producción en la planta de Villa Constitución por la caída de las ventas

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La empresa Acindar sufre el impacto de la caída en la demanda de acero por parte de la industria y la construcción producto de la recesión económica. Hay 5.000 trabajadores afectados.

La conducción nacional de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), encabezada por Abel Furlán, recibió la noticia de un nuevo parate en la planta de la empresa Acindar (Arcelor-Mital) ubicada en Villa Constitución. Según detallaron, la medida se tomaría a partir de junio y sería aproximadamente por tres semanas.

Al respecto, los argumentos que vienen sosteniendo desde la empresa para realizar diferentes ajustes se enfocan en la fuerte caída en la demanda de acero en la industria y en la construcción pública y privada, producto de la recesión económica que afecta a la mayoría de las actividades del país.

La actual política económica está poniendo en jaque a la producción industrial y los números caen en picada. Se calcula que actualmente la producción está a un 40% del nivel anterior.

Por este motivo, Acindar decidió extender el parate de su planta en Villa Constitución. Los hornos estarían apagados por tres semanas y el sector de materia prima de reducción directa (que trabaja el mineral de hierro) pararía su producción por 75 días.

Son 5.000 trabajadores que quedarán suspendidos entre operarios de planta, contratados, obreros de talleres y transportistas entre otros.

La UOM de Villa Constitución, a través de su secretario general Pablo González, anunció públicamente que extendieron el acuerdo con la empresa para la suspensión de los trabajadores tercerizados con el pago al 83% de su salario. Y que cuando se conozca la fecha exacta del próximo parate se negociarán las suspensiones de los trabajadores de planta. La empresa ofreció suspensiones al 70% del salario, pero no hubo acuerdo.

Mientras tanto, la empresa avanza con un plan de retiros voluntarios. Ya hubo numerosos despidos de contratados en los últimos meses y de cuatro turnos han pasado a producir en tres.

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Economía

Combustibles: pese a la postergación del impuesto, la nafta aumentó 4%

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La decisión fue a pesar de que el Gobierno de Javier Milei postergó por un mes la actualización del Impuesto a los combustibles.

Las empresas petroleras actualizaron desde hoy los valores de los combustibles en un 4% debido a la devaluación mensual del peso frente al dólar del 2% y el aumento del barril del petróleo.

La decisión fue a pesar de que el Gobierno de Javier Milei postergó por un mes la actualización del Impuesto a los combustibles para evitar que haya aumentos más fuertes en mayo.

Desde Casa Rosada el objetivo es claro: que el índice de inflación continúe en descenso. «El Poder Ejecutivo Nacional publicará un Decreto en el Boletín Oficial, a través del cual se diferirá la fecha en la que tendrá efecto la actualización correspondiente al Impuesto a los Combustibles. La medida implica que no habrá incremento alguno por dicho concepto en el mes de mayo», indicaba el reciente comunicado del Ministerio de Economía.

Y agregaba: «A partir de la norma que se publicará en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional definió diferir la actualización correspondiente al cuarto trimestre de 2023 de los Impuestos sobre los Combustibles y al Dióxido de Carbono para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, al 1° de junio de 2024. De esta manera, la medida garantiza previsibilidad al sector y establece que no habrá incremento alguno, por dichos conceptos, en el mes de mayo».

En función del plan que estaba previsto, el Gobierno iba a aplicar este miércoles 1° de mayo el último tramo del aumento parcial de los impuestos al combustible líquido (ICL) y al dióxido de carbono (IDC) que se traslada directo al precio del litro de nafta y gasoil. De todos modos, los precios podrían actualizarse este miércoles, pero menos de lo que estaba previsto, que era una suba de alrededor del 7,3%.

El último aumento sobre los combustibles se aplicó a principios de abril y llevó el precio del litro de la nafta súper de YPF a $837 el litro en la Ciudad de Buenos Aires.

Aumentó la nafta: cómo quedó el precio en la Ciudad de Buenos Aires
La nafta súper en Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) pasó de los actuales $837 a unos $870, mientras que la nafta premium avanzó de $1.033 a $1.074. Por su parte, el gasoil común dejó de costar $883 para pasar a vender a un valor cercano a $918. Por último, el gasoil premium avanzó de $1.123 a $1.167, tomando en consideración los valores más económicos del mercado.

Aumentó la nafta: cómo quedó el valor en otras provincias del país
En Entre Ríos pasó a valer $1.005, es decir $135 más cara por litro.

En Misiones, por ejemplo, la mayoría de las estaciones de servicio exhiben un valor de $997 para la nafta súper, por lo que ese combustible pasó definitivamente la barrera de los $1.000 en esa provincia.

En Santa Fe y Corrientes, los valores son los siguientes:

YPF
Súper: $1.005
Infinia: $1.207
Infinia Diesel: $1.285
Diesel común: $ 1.084 pesos

Shell
Súper: $1.023
V Power: $1.237
Diésel $1.095
V Power Diésel $1.275

Axion
Súper: $1.018
Quantium: $1.231
Diesel X10: $1.120
Quantium diesel X10: $1.264
En Mendoza, la nafta súper cuesta $935 en las estaciones YPF, la infinia: $1.139 y la diésel $1.207.

En Córdoba capital, el litro de nafta súper ahora tiene un valor alrededor de los $1.005. En tanto, que el litro de nafta infinia se vende a $1.275, diésel a $1.067 y el precio de infinia diésel quedó en $1.245.

Por último, en Neuquén y Río Negro los valores son los siguientes:

– Super $764 (antes $702)

– Infinia Premium $948 (antes $871)

– Infinia diesel $1195 (antes $1097)

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El empleo registrado volvió a caer y alcanzó en febrero la mayor baja para ese mes desde 2002

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Se trata de datos surgidos de la Encuesta de Indicadores Laborales (EIL) publicada por la Secretaría de Trabajo. En el segundo mes del año cayó un 0,3% frente al primer mes del año 2024.

El empleo registrado volvió a caer en febrero por tercer mes consecutivo, al ceder un 0,3% frente a enero, de acuerdo a la información que brinda la Encuesta de Indicadores Laborales (EIL) publicada por la Secretaría de Trabajo.

Dichos números hablan de la mayor baja para ese mes desde el año 2002.

Así, entre noviembre de 2023 y febrero de 2024, la contracción alcanzó el 0,9%. En términos interanuales, el nivel de empleo asalariado registrado mantiene un incremento de 0,1%, prácticamente estancado.

Detalles del informe
En febrero de 2024, todas las ramas de actividad experimentaron contracción, y es el sector de la construcción el que presenta la mayor caída mensual del empleo con un 1,3% y acumula un 11,2% interanual. El resto de los sectores presentaron descensos mensuales más moderados y mantienen crecimiento interanual.

La retracción en el nivel de empleo registrado privado se observa también en las empresas de todos los tamaños, con variaciones que van de -0,2% a -0,4%. Las más afectadas son las de entre 50 y 199 personas ocupadas con una caída en la cantidad de personal 0,4%, lo que vendrían a ser las mipymes.

En cuanto a la región con mayor caída de empleo, en el aglomerado de Gran Buenos Aires se observa una mayor reducción de los puestos de trabajo (-0,4%), mientras que en el conjunto de los aglomerados del interior del país la caída fue moderada (-0,1%).

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