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El uso del barbijo sigue siendo obligatorio al aire libre en la provincia

El gobierno de Santa Fe dio a conocer las nuevas medidas de convivencia en el territorio santafesino. “Para sostener el nivel de habilitaciones es importante que sigamos utilizando el tapabocas, la distancia, el lavado de manos y la vacunación”, explicó la ministra de Salud.

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La ministra de Salud, Sonia Martorano; y el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Juan Manuel Pusineri, anunciaron este viernes las nuevas medidas de convivencia frente a la pandemia del Covid-19, que regirán en todo el territorio provincial a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021.

En la oportunidad, Martorano detalló que “hoy toda la provincia de Santa Fe está en bajo riesgo. El promedio de casos en los últimos 14 días es de 60 por día, es el promedio más bajo desde el inicio de la pandemia. Esto tiene que ver con el trabajo realizado entre todos, de cuidados y vacunación”, dijo.

Sobre la vacunación, explicó que “el total de dosis aplicadas es superior a las 4.397.825. De primera dosis fueron 2.435.984. Lo interesante es evaluar cuántas de estas personas tienen esquema completo, es decir, dos dosis: 1.961.825. Esta semana estamos llegando a los dos millones de dosis completas en la provincia. Esto es muy importante porque el porcentaje es del 56% de la población general. Estas son buenas noticias”, puntualizó la ministra de Salud.

Por su parte, el ministro Pusineri sostuvo que “en función de la mejora del cuadro sanitario y del avance de la campaña de vacunación, el gobierno puede seguir instrumentando flexibilizaciones en las actividades económicas, comercial y recreativas”.

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“Algunas de las medidas más importantes que van a comenzar a regir son la extensión de los horarios para las actividades gastronómicas y comerciales en una hora. Asimismo, en todas las actividades que hasta el momento tenían un aforo del 50%, ese aforo va a ser elevando al 70%”, agregó.

“Otras de las actividades que permite la afluencia de público son los eventos deportivos. Respecto de la actividad con las discotecas y salones de fiesta vamos a ir en un esquema progresivo, es decir, que las habilitaciones que se disponen son el comienzo de un esquema que vamos a ir monitoreando”.

Entre los requisitos para asistir a las nuevas actividades habilitadas, el ministro de Trabajo especificó que “deberán desarrollarse al aire libre, el aforo va a ser del 70% y quienes participen deberán hacerlo acreditando al menos una dosis de la vacuna”, concluyó el ministro de Trabajo.

EN DETALLE

En el desarrollo de cada una de las actividades mencionadas estará permitida la utilización máxima del aforo disponible que permita cumplir estrictamente con el distanciamiento social de las personas, sin exceder la ocupación del 70% de la superficie disponible.

El uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón será obligatorio en espacios cerrados de ingreso público y al aire libre cuando se diera la concurrencia simultánea o la cercanía de personas ajenas al grupo conviviente. Quedan alcanzadas:

a) Reuniones sociales en domicilios particulares y en espacios públicos.

b) Actividad deportiva en modalidad entrenamiento y recreativa de deportes grupales; gimnasios, natatorios y establecimientos afines.

c) Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos.

d) Actividad inmobiliaria y aseguradora.

e) Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales, empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades civiles y deportivas y obras sociales.

f) Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.

g) Actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

h) Actividad de los locales comerciales mayoristas y minoristas.

i) Locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales).

j) Cines y complejos cinematográficos.

k) Competencias automovilísticas y motociclísticas, conforme lo dispuesto en los Artículos 11, 12 y 13 del Decreto Nº 1640/21; salvo las que se desarrollan con habilitaciones otorgadas por normas emanadas de autoridades del Gobierno Nacional, que se regirán por lo dispuesto en las mismas.

l) Realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas, tanto al aire libre como en teatros, centros culturales y otros lugares cerrados.

m) Actividad artística en plazas, parques y paseos.

n) Funcionamiento de locales de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comúnmente denominados miniclubs o peloteros.

ñ) Actividad en hipódromos y agencias hípicas.

o) Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa o deportiva, y las actividades de guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones.

p) Actividad de los casinos y bingos.

q) La actividad de las ferias de comercialización de productos alimenticios y artesanías.

r) Actividad turística receptiva denominada de reuniones, congresos, jornadas o similares.

s) Discotecas y locales bailables, salones de fiestas para bailes o similares, con las demás condiciones establecidas en el presente Decreto.

En todo el territorio provincial, en el desarrollo de las actividades habilitadas, deberán cumplimentarse las reglas generales de conducta, los protocolos y condiciones específicas con las que fueron oportunamente aprobadas y sus ajustes posteriores, conforme las determinaciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria; sin excederse del factor máximo de ocupación de las superficies.

En todo el territorio provincial, a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021, queda restringida la circulación vehicular en la vía pública como a continuación se indica:

a) Los días sábados, domingos y feriados de 3 a 6 horas.

b) El resto de los días de la semana de 1 a 6 horas.

Quedan exceptuados de la restricción a la circulación vehicular dispuesta en el presente artículo la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales en la emergencia, comprensivas de las situaciones de fuerza mayor, y los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo de los que desarrollan actividades habilitadas, incluidos los de los propietarios de los locales o establecimientos.

En los horarios establecidos de restricción de la circulación vehicular en la vía pública, quienes circulen en ocasión de concurrir a realizar o de haber realizado una actividad habilitada, deberán portar la documentación o constancia (reserva, ticket, factura, acreditación) demostrativa de esa circunstancia.

COMPETENCIAS DEPORTIVAS

Las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, que se desarrollen en espacios abiertos al aire libre o cubiertos con suficiente ventilación que se encuentran habilitadas podrán realizarse con la concurrencia simultánea de hasta mil espectadores, sin contar en esa cifra a los protagonistas del espectáculo, árbitros y auxiliares intervinientes. Cuando se tratare de competencias por equipos, queda autorizada la asistencia de público visitante.

Las competencias deportivas de carácter profesional o amateur, que se desarrollan con habilitaciones otorgadas por Decretos del Poder Ejecutivo Nacional, Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y, en general, por normas emanadas de autoridades del Gobierno Nacional, se regirán por lo dispuesto en las mismas.

La actividad en hipódromos, con concurrencia de público, deberá ajustarse al máximo de mil personas asistentes; sin contar en esa cifra a los protagonistas del espectáculo y auxiliares intervinientes.

COMERCIO MAYORISTA Y MINORISTA

La actividad del comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, se desarrollarán sin excederse del factor máximo de ocupación de las superficies; pudiendo extenderse todos los días de la semana hasta las 21 horas, con excepción de los kioscos y similares que podrán permanecer abiertos hasta las 24 horas para la atención al público residente en su cercanía; lo anterior sin perjuicio de la posibilidad de las farmacias de realizar los turnos de guardia.

Fuera del horario indicado en el presente Artículo solo podrán realizar actividad comercial a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante las modalidades de entrega a domicilio o retiro, las que deberán concretarse en el horario de 6 a 21 horas.

LOCALES GASTRONÓMICOS

Los locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), desarrollarán su actividad sin excederse del factor máximo de ocupación de las superficies que permita el cumplimiento estricto de las reglas generales de conducta y ajustándose además a los siguientes horarios:

a) Los días viernes, sábados y vísperas de feriados, entre las 6 horas y las 2 horas del día siguiente.

b) El resto de los días de la semana, entre las 6 horas y la 1 horas del día siguiente.

DISCOTECAS Y LOCALES BAILABLES

Se habilita el funcionamiento de discotecas y locales bailables, salones de fiestas para bailes o similares, debiendo ajustarse a las siguientes condiciones:

a) Contar con habilitación de las autoridades locales, las que determinarán los espacios al aire libre autorizados y el aforo permitido para los mismos; lo que deberá estar informado debidamente en el ingreso.

b) Cumplimentando la regla general de no excedencia de ocupación máxima del 70% del espacio habilitado al aire libre.

c) Solo los días viernes, sábados y vísperas de feriado.

d) En el horario de 20 a 3 horas del día siguiente.

e) Permitiendo el ingreso solo de personas que cuenten con al menos una dosis de vacuna, aplicada con una antelación mínima de 14 días corridos.

Los salones de eventos o similares, cuando realicen reuniones que involucren actividad bailable, deberán ajustarse a las previsiones del presente Artículo.

HORARIOS DE ACTIVIDADES

a) Actividad deportiva en modalidad entrenamiento y recreativa de deportes individuales o grupales; gimnasios, natatorios y establecimientos afines: entre las 7 y las 22 horas.

b) Actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos: entre las 8 y las 21 horas.

c) Cines y Complejos Cinematográficos: entre las 10 y la 1 horas del día siguiente.

d) Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa o deportiva, y las actividades de guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones: entre las 7 y las 20 horas.

e) Funcionamiento de locales de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comúnmente denominados miniclubs o peloteros: entre las 8 y las 24 horas.

f) Actividad en hipódromos y agencias hípicas, organizando turnos para desarrollar las tareas de cuidado y entrenamiento de los animales y de mantenimiento de las instalaciones: entre las 7 y las 20 horas.

g) Actividad de los casinos y bingos, cumplimentando las reglas generales de conducta y de prevención y los protocolos oportunamente aprobados para la actividad: entre las 10 y las 2 horas del día siguiente.

h) Actividad de los salones de eventos, fiestas y similares, para la realización de eventos sociales, en las condiciones establecidas en el Artículo 6° del Decreto N° 1220/21 y sus prórrogas, y las complementarias dispuestas en el presente Decreto: entre las 8 y las 3 horas del día siguiente.

i) Práctica de competencias automovilísticas y motociclísticas: entre las 8 y las 20 horas, sin perjuicio de lo dispuesto en los Artículos 5° inciso k) y 6° último párrafo del presente decreto.

ADULTOS MAYORES

Además, se prorroga a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021, en todo el territorio provincial, la autorización de las actividades para personas mayores de 60 años con el esquema de vacunación completo, en los denominados centros de día de rehabilitación y recreativos.

También se prorroga la autorización para las visitas y salidas programadas de personas mayores que residan en establecimientos geriátricos, residencias, o similares; sujetas al cumplimiento de los protocolos específicos establecidos para la actividad y las condiciones precisadas en los artículos 11 y 12 del Decreto Nº 1374/21; sin perjuicio de las específicas que pueda disponer la autoridad sanitaria.

AGENCIAS

Se dispone que, desde las 0 horas del 2 de octubre de 2021, la actividad de los permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe para la comercialización de los juegos oficiales, podrá desarrollarse hasta el horario de cierre de captura de apuestas, conforme lo disponga el citado Organismo.

Por último, se recuerda que las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el presente Decreto, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.

Para finalizar, la ministra Martorano recalcó “la importancia de los cuidados. Para sostener el nivel de habilitaciones es importante que sigamos utilizando el barbijo, la distancia, el lavado de manos y la vacunación. Los buenos resultados en nuestra provincia tienen que ver con el alto nivel de vacunación. Así que invitamos a inscribirse a quienes aún no lo hicieron”, remarcó.

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Región

Soea paró Vicentín por falta de pago del Bono Anual

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El Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros (Soea) inició una medida de fuerza por tiempo indeterminado tras el incumplimiento de la primera cuota de la gratificación 2024 por parte de la agroexportadora. La situación agrava el delicado estado financiero de la compañía

El 2025 comenzó con un nuevo conflicto en Vicentin, donde trabajadores aceiteros del cordón industrial de San Lorenzo y Ricardone llevan adelante un paro por tiempo indeterminado. La medida fue convocada por el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros (Soea) tras el incumplimiento del pago de la primera cuota de la gratificación anual correspondiente al 2024, pactada en paritarias.

El bono, equivalente a un sueldo extra, debía abonarse en dos cuotas: una el 10 de enero y otra el 10 de febrero. Sin embargo, la empresa no cumplió con la primera entrega ni ofreció una nueva fecha para el pago, lo que desató la inmediata reacción del gremio.

“Nosotros no permitiremos que falte un peso en el bolsillo de los trabajadores”, expresó el sindicato este domingo, mientras trabajadores permanecen en las instalaciones de la planta para visibilizar el reclamo.

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La protesta afecta no solo a las plantas de Vicentin, sino también a la envasadora Renopack, que no forma parte del concurso preventivo. La empresa alegó dificultades financieras, un argumento recurrente en los últimos cinco años de crisis económica y judicial que atraviesa la firma.

El acuerdo firmado en diciembre de 2024 había establecido un aumento interanual del 122% en la gratificación anual, convirtiendo a los aceiteros en uno de los pocos sectores que superaron la inflación. Sin embargo, la empresa no logró cumplir con el compromiso en el inicio del nuevo año.

Daniel Succi, secretario general del Soea, aseguró: “Defendemos el derecho de los trabajadores y, si hoy no tenemos una respuesta positiva, mañana las medidas de fuerza se incrementarán en todo el cordón industrial”. Además, señaló que la falta de comunicación por parte de la empresa durante el fin de semana es una muestra del abandono de responsabilidades.

Desde la empresa, se afirmó que la reacción gremial demuestra “nula paciencia y entendimiento”, a pesar de haber cumplido con los aumentos salariales de 2024. “La compañía triplicó su actividad respecto a 2023 y cumplió con todos los compromisos. Este conflicto parece ser una jugada política para influir en la decisión de la Corte sobre nuestro proceso judicial”, expresaron voceros de Vicentin.

La situación económica de Vicentin ha estado bajo la lupa desde 2019, cuando inició un proceso de concurso preventivo por deudas millonarias. En este contexto, el nuevo conflicto agudiza las tensiones dentro de la compañía y expone la incertidumbre laboral de los trabajadores.

El paro también evidencia el impacto de las dificultades financieras en los acuerdos laborales, en un momento en que los gremios buscan defender los derechos de los empleados en medio de un panorama inflacionario y económico adverso.

El sindicato anunció que el paro se mantendrá hasta obtener garantías concretas del pago adeudado. Además, advirtió que, de no haber respuestas inmediatas, endurecerán las medidas en toda la región industrial, afectando la actividad productiva de manera significativa.

Mientras tanto, la expectativa se centra en que las autoridades de Vicentin y representantes gremiales logren entablar un diálogo para destrabar el conflicto, en un momento crítico tanto para los trabajadores como para la empresa.

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73° Congreso Ordinario y Extraordinario de la Federación Aceitera

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El Miércoles 6, se realizó el 73° Congreso Ordinario y Extraordinario de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina, donde Soea San Lorenzo, reafirmó el compromiso de garantizar un salario digno en paritarias y profundizó el debate para llevar la Unidad Obrera a la lucha por nuevos y mejores derechos.


Daniel Succi, secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo, fue claro: “Tenemos una sola obligación: defender a nuestros compañeros trabajadores y el valor del trabajo como sabemos hacerlo”.


“En años anteriores, por mucho menos de lo que está pasando hoy, estábamos todos en la calle. Por eso salimos nosotros y logramos esta unidad para luchar con la Federación. Este gobierno viene por todo: vienen por los municipales, los químicos, los petroquímicos, vienen por la clase trabajadora. Si no nos juntamos y actuamos, nos van a pasar por arriba”, advirtió Succi.


Por su parte, el secretario gremial Martín Morales destacó: “No podemos esperar nada de nadie. Hay que actuar, como hacemos dentro de cada fábrica con nuestros delegados, dando el debate que merece esta crisis económica que golpea a nuestra gente”.

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“El movimiento obrero necesita un plan para resistir a este gobierno. Si no lo hacen los grandes de arriba, lo haremos nosotros desde abajo”, concluyó Morales.

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UNR: Inscripción a Residencia para estudiantes en Rosario

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Los estudiantes que no sean de Rosario podrán anotarse antes del 25 de noviembre para conseguir un lugar para el ciclo 2025. Funciona el inmueble de Santa Fe 1470 y hay otras gestionadas con municipios
La Universidad Nacional de Rosario (UNR) abrió la inscripción al Programa de Residencias Universitarias para el ciclo lectivo 2025, el cual tiene como finalidad promover el acceso, permanencia y egreso de aquellos estudiantes que, por su situación social y económica, carezcan de recursos para costear la totalidad de un alojamiento.

“Durante los últimos años pusimos todos nuestros esfuerzos para empezar a saldar una deuda que tenía nuestra Universidad. Intentamos multiplicar las iniciativas que puedan acompañar a nuestros estudiantes, en especial a los que tienen mayores dificultades para continuar con sus estudios universitarios”, afirmó el rector Franco Bartolacci, y agregó: “Durante este corto tiempo de funcionamiento de la Residencia, los acompañamos, escuchamos sus experiencias, sus inquietudes y conocimos sus historias. Estamos muy contentos y convencidos de seguir profundizando este programa”.

Por su parte, el secretario del Área de Bienestar de la UNR, Gustavo Simonetta, dijo este miércoles en el programa La primera de la tarde (Radio 2) que al igual que las becas y los comedores universitarios, estas residencias “son de gran importancia para la permanencia o el ingreso en la Universidad de los estudiantes que no habitan en Rosario”.

Requisitos

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Los aspirantes a obtener una plaza del Programa de Residencias Universitarias, deberán ser estudiantes regulares de alguna de las carreras de grado universitarias o terciarias que se dictan en la UNR, y cursar en condición de alumno regular de manera presencial. En caso de ser ingresantes en el 2025, deberán haber completado la preinscripción a su unidad académica para poder postularse.

Además, quienes deseen postularse para obtener una plaza, deben provenir de localidades fuera del área de 50 kilómetros de la ciudad de Rosario y cumplir con todos los requisitos vinculados a los ingresos del grupo familiar que están establecidos en el reglamento.

“Estamos en un año complicado en términos presupuestarios, lo que nos genera enorme cantidad de dificultades. En el medio, seguimos haciendo cosas como estas y generando nuevos proyectos. Tenemos una firme convicción de cuál es el rol estratégico que cumple la Universidad Pública, y por eso vamos a seguir cooperando y buscando alianzas estratégicas para defender para poder cumplir con ese objetivo”, explicó Bartolacci.

Para este 2025, la UNR contará con 213 plazas para estudiantes que no residen en Rosario repartidas en todos sus establecimientos. El primer inmueble del Programa de Residencias Universitarias, ubicado en Santa Fe 1470, cuenta con un espacio común de estudio en la planta baja y otro espacio común de estudio en el entrepiso para residentes. Son 36 habitaciones de uso compartido.

Durante este año, la UNR sumó una residencia más ubicada en Tucumán 2257, gestionada junto a la Municipalidad de Cañada de Gómez y El Trébol, que cuenta con 12 habitaciones de uso compartido. Además, se está terminando un nuevo inmueble que estará en Moreno 560, el cual será gestionado en conjunto con Venado Tuerto y que ya estará disponible para su uso en breve.

“Hay cosas que son definitorias para la vida de estudiantes de nuestra comunidad, y eso es lo vamos a cuidar y velar en la gestión de la Universidad”, puntualizó el rector y agregó: “Este año es la primera vez que se produce un incremento tan brusco de cantidad de ingresantes en comparación con el año anterior, y eso se debe en gran medida en la incorporación de nuevas carreras y trayectos de formación que ha ido sumando la Universidad en el último tiempo. El desafío es sostener eso, y continuar poniendo a disposición todos recursos de la UNR para que nadie deba dejar sus estudios”.

Quienes resulten beneficiarios o beneficiarias del Programa deberán desarrollar actividad académica durante el primer cuatrimestre del año lectivo. Dicha condición será verificada al 30 de junio del año en curso por la Dirección de Bienestar Estudiantil mediante el cotejo de la información proveniente del sistema GUARANÍ o bien mediante la presentación de la Ficha Académica que el estudiante podrá descargar del sitio becas.unr.edu.ar.

Los que ya se hayan inscrito en ocasiones anteriores, deberán volver a realizar el proceso, ingresando al sistema con el mismo usuario y contraseña. Para quienes se anotan por primera vez, es necesario previamente generar un usuario en el sitio web.

La inscripción puede realizarse a través de https://unr.edu.ar/programaresidencias/.

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