Contáctenos

Región

Perotti firmó el decreto: todas las restricciones y suspensiones para la provincia de Santa Fe

Las nuevas medidas para intentar contener la suba en la curva de contagios de coronavirus comenzarán a regir desde la hora cero de este jueves

Publicado

el

El gobernador Omar Perotti y los ministros Sonia Martorano y Marcos Corach firmaron el decreto que dispone las nuevas restricciones en el marco de la pandemia de coronavirus, que comienza a regir desde la hora cero de este jueves y se mantendrá hasta el próximo lunes 31.

El decreto 0647/21 establece para todo el territorio provincial una batería de suspensiones de actividades y limitaciones horarias.

Se suspende:

►Circulación vehicular en la vía pública todos los días de la semana de 0 a 24.

►Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para el grupo conviviente y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

Publicidad

►Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre.

►Práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios cerrados o al aire libre.

►Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y otros establecimientos afines, incluyendo los destinados a la práctica del Fútbol 5, ya sea en modalidad entrenamiento o al aire libre.

►Funcionamiento de locales de eventos o de juegos infantiles y establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, miniclubs o peloteros.

►Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Poder Ejecutivo Nacional o Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas.

►Todo tipo de actividades y eventos religiosos en lugares cerrados.

►Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares.

►Actividades de salas de juego en casinos y bingos.

►Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings, salvo para locales que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación (a excepción de los cines).

►Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y establecimientos afines, bajo techo o al aire libre.

►Eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas en lugares cerrados o al aire libre.

►Actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes.

►Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos, con excepción de la actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios.

►Actividad hípica en hipódromos.

►Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial; solamente podrán realizarse en forma remota.

►Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de las guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones.

►Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.

Actividad remota

También indica el decreto que deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo (con guardias mínimas para tareas que obliguen a la presencialidad):

►Profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos; quedan exceptuados los profesionales de la salud, los del notariado que deban realizar diligencias definidas como esenciales en la emergencia y los profesionales del derecho que requieran presencialidad.

►Actividad inmobiliaria y aseguradora.

►Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades civiles y deportivas, obras sociales y de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial.

►Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.


Restricción vehicular

En cuanto a la restricción vehicular, solamente quedan exceptuadas las siguientes actividades:

►La estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales en la emergencia, incluidas las situaciones de fuerza mayor.

►Los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo de los que desarrollan actividades habilitadas, incluidos los de los propietarios de los locales o establecimientos.

►Los desplazamientos de padres o adultos responsables, alumnos y personal escolar hacia y desde los establecimientos educativos donde no estuvieran suspendidas las actividades presenciales.

►La concurrencia a los establecimientos educativos del personal escolar, cuando así fuera dispuesto por las autoridades aún mediando suspensión de las actividades presenciales.

Actividad comercial

La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días hasta las 17, mientras que los comercios dedicados a los productos alimenticios podrán cerrar a las 19.

El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales destinada a la atención del público no podrá exceder del treinta por ciento.

Locales gastronómicos

Los bares, restaurantes y heladerías deberán ajustarse a las siguientes disposiciones:

►La actividad con concurrencia de comensales está permitida de 6 a 19, y fuera de ese horario podrán realizar reparto a domicilio y retiro por parte del cliente si se realiza en locales de cercanía.

►Las autoridades municipales y comunales deberán especificar en cada caso la cantidad de mesas que corresponda, a los fines de cumplir con el coeficiente máximo del treinta por ciento de ocupación.

Fuente: La Capital

0
0
Seguí Leyendo
Clic para Comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Deportes

Lourdes Pellicano, se consagró campeona Nacional

Publicado

el

Se llama Lourdes Pellicano, practica patín desde los 6 años en el Club Defensores de Andino, representa al Seleccionado de Santa fe de Patín y es de la localidad de Timbúes

El torneo se llevó a cabo del 12 al 19 de noviembre en la ciudad de mar del plata donde 10 mejores patinadoras del país disputaron el torneo nacional absoluto. Para llegar a este torneo tuvo que pasar por las instancias de locales, provinciales y nacionales hasta quedar dentro de las 10 mejores posicionadas-

En este torneo absoluto salió campeona nacional absoluta en la disciplina libre en categoría B2 infantil y subcampeona nacional absoluta en la disciplina figura obligatoria en categoría A nacional infantil.

Con gran esfuerzo y dedicación Lourdes superó todas las expectativas en cada competencia, siempre acompañada de su familia, su mamá Paola, su papá Dario, quienes trasladan y afrontan gastos de vestuario, estadía y mantenimiento de patines para poder realizar la mejor performance.

Tambien Lourdes cuenta con un gran equipo que asisten y la preparan constantemente como son sus profesoras Sabrina y Andrea Barisio en disciplina libre, Luis de Mattias en disciplina figura obligatoria y Nicolás Aguirre como preparador físico

En este momento Lourdes, se encuentra realizando la pre temporada para el año 2024 dónde deberá subir de categoría en la disciplina libre a B1 cadete y en la disciplina figura obligatoria a internacional cadete.

3
0
Seguí Leyendo

Región

Fuerte choque contra un guardarrail

Publicado

el

El siniestro ocurrió en horas de la madrugada de hoy, Martes.

En Ruta Nacional N°11 y Ruta 10, se habría producido un accidente. un automóvil marca Chevrolet Classic 1.5 de color blanco, por razones que se tratarán de establecer, había colisionado contra el guardarrail, a los pocos metros se encontraba el conductor del mismo, manifestando llamarse S.G.D, de 32 años, oriundo de la ciudad de Fray Luis Beltrán, aduciendo dolor en el hombro derecho, siendo trasladado por sus familiares al hospital Granaderos a Caballos para ser asistido por un facultativo. En cuanto al vehículo fue trasladado por su propietario el llamado C.J.M. Personal actuante procedió a trasladar el procedimiento a sede de Comisaría 1ra por razones de jurisdicción.-

0
0
Seguí Leyendo

Región

Camión volcó en autopista Rosario-Córdoba, a la altura de San Jerónimo Sur

Publicado

el

Sucedió en horas de la mañana de éste miércoles

El siniestro ocurrió en el Kilómetro 330, donde habría volcado un camión en la banquina de Autopista. Arribados los oficiales al lugar, ya se encontraba personal de Gendarmería Nacional, quienes manifestaron que al entrevistar al chófer el llamado A.D, de la ciudad de Alta Gracia, provincia de Córdoba, quien manejaba un camión Renault de color amarillo y acoplado de color azul, quien manifestó que perdió el control del mismo pisando la banquina interna de dicha Autopista, quedando entre ambas arterias, siendo el chófer trasladado por una unidad del Síes de la ciudad de Carcarañá a cargo de la Dra. Rivero, para su mejor atención. Personal interviniente procedió al trasladó de las actuaciones a sede de Comisaría de jurisdicción.-

0
0
Seguí Leyendo

Tendencia